Neumáticos usados: manejo responsable (2da parte).
¿Qué hace usted con las llantas viejas? Recuerde desde el 2015 el Estado ecuatoriano, a través del Ministerio del Ambiente, publicó un “Instructivo para la gestión integral de neumáticos usados.”
Compartimos la segunda parte de este tema relevante para el país y la humanidad. En esta segunda parte incluímos preguntas que de seguro nos hacemos y de las que quizá ignorábamos su respuesta.
¿Qué institución es la responsable del manejo de estos desechos?
Art. 27.- Son responsabilidades y obligaciones de la Autoridad Ambiental de aplicación responsable, las siguientes:
- Registrar a los Generadores de neumáticos usados dentro del ámbito de sus competencias, según las especificaciones dispuestas en la Normativa Ambiental aplicable.
- Promover la implementación de los Programas de Gestión Integral de Neumáticos Usados.
- Realizar el seguimiento y control de las actividades vinculadas con el cumplimiento del Programa de Gestión Integral de Neumáticos Usados en su jurisdicción y en al ámbito de sus competencias.
- Realizar reportes anuales para la Autoridad Ambiental Nacional de aplicación responsable.
- Promover la investigación, desarrollo e innovación de nuevas alternativas y tecnologías para fomentar la prevención, el reciclaje y desarrollo de valorización y minimización de desechos sujetos de aplicación de este Acuerdo Ministerial.
Art. 28.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que realice procesos de eliminación de neumáticos usados deberá contar con el Permiso Ambiental otorgado por la Autoridad Ambiental competente.
¿Hay alguna prohibición al manejo de neumáticos?
Art. 30.- Se prohíbe:
- Almacenar neumáticos usados cerca de cuerpos de agua.
- Acumular neumáticos usados a cielo abierto.
- Disponer los neumáticos usados en escombreras y botaderos.
- Enterrar los neumáticos usados.
- Abandonar neumáticos usados en espacio público.
- Quemar los neumáticos usados a cielo abierto.
- Depositar neumáticos usados junto a otros residuos sólidos.
- Adquirir bajo cualquier modalidad, vender, donar, transferir o entregar neumáticos usados a personas que no estén autorizadas.
- Transportar neumáticos usados con otros desechos peligrosos y/o orgánicos,
- Incinerar fuera de especificación técnica.
- Disponer neumáticos usados de manera inadecuada, como desecho sólido, en los rellenos sanitarios.
NOTA: El Instructivo al que hemos hecho referencia reposa en el Registro Oficial 598, firmado el 6 de agosto de 2015 y publicado el 30 de septiembre del mismo año.
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